Equipo editorial ComunidadNet · Publicado agosto de 2026· Revisado agosto de 2026
Cómo invitar a un residente
Tutorial para administradores: invita a un residente y asócialo a una unidad desde el módulo Residentes.

Desde el módulo de Residentes puedes enviar una invitación y asociar a la persona con una unidad de la comunidad. Este tutorial muestra el flujo sin realizar un envío real.
Antes de comenzar
Confirma la unidad que corresponde al residente y ten a mano su nombre y correo electrónico. Estos datos se solicitan en la ventana de invitación.
1. Abre la sección Residentes
En el panel de administración, entra a Residentes. Desde allí puedes invitar residentes, actualizar sus datos de contacto y revisar sus asignaciones.
En el listado, abre Más acciones y selecciona Enviar invitación.
2. Completa los datos de la invitación
En la ventana que se abre, selecciona la unidad y escribe el correo electrónico y el nombre del residente.
Revisa los datos antes de continuar. Una unidad correctamente seleccionada ayuda a mantener ordenadas las asignaciones en la comunidad.
Cómo revisar los datos antes del envío
Lee el nombre y el correo electrónico tal como quedaron escritos en el formulario. Luego comprueba que la unidad seleccionada corresponde a la persona que deseas invitar.
Si detectas un dato incorrecto, corrígelo en el formulario antes de usar Enviar invitación. Así mantienes actualizada la información que administras desde Residentes.
Revisa las asignaciones cuando lo necesites
El módulo Residentes también permite revisar las asignaciones. Úsalo como punto de consulta para mantener organizada la relación entre residentes y unidades.
Una revisión breve de los datos ayuda a evitar correcciones posteriores y facilita el seguimiento administrativo de la comunidad.
3. Envía la invitación
Cuando la información esté correcta, utiliza Enviar invitación. El formulario permite revisar los datos antes de realizar esta acción.
Después de invitar
Vuelve al módulo de Residentes cuando necesites actualizar información de contacto o consultar las asignaciones de las personas residentes.
¿Te fue útil este artículo?